Suman Mas de 155 Delitos Sexuales Cometidos en Escuelas y Maru ´´La Absoluta´´ Campos Boicoteando los Libros de Texto

Cd. Juarez, Chih.- En el Estado de Chihuahua han sido agredidas sexualmente mas 155 niñas y adolescentes dentro de la institución educativa en la que estudian, en los últimos dos años y cinco meses, informó la Fiscalía Especializada de la Mujer.

De acuerdo con las estadísticas, los hechos ocurrieron de enero de 2021 a mayo de 2023, y el mayor delito cometido durante esos tres años es el de abuso sexual con 117; seis en 2021, 59 en 2022 y 52 en los primeros cinco meses del año, lo que representa un aumento en el número de casos. 

El segundo delito mayormente cometido es el de hostigamiento sexual con 14; 12 ocurrieron el año pasado y dos en este. 

A este delito le sigue la violación dentro de las escuelas con cinco en 2022 y dos en el 2023; mientras que por delito contra la intimidad suman cinco en este año. 

Lo anterior quiere decir que ha habido un incremento, ya que las cifras finales señalan ocho casos en el 2021; 84 en el 2022 y 63 en lo que va de este. 

El artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño, define a la violencia contra niñas, niños y adolescentes como toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual. 

El abuso sexual es una forma de violencia contra la niñez y adolescencia. Debido a su magnitud y frecuencia, la Organización Mundial de la Salud (OMS) considera a la violencia contra NNA como un problema de salud pública. 

Las conductas descritas en el Protocolo Único para la Prevención, Detección y Actuación en casos de violencia contra niñas, niños y adolescentes en las escuelas de educación básica del estado de Chihuahua, engloban en el concepto de “abuso sexual” utilizado internacionalmente. 

Sin embargo, en México y específicamente en la normatividad local, estas conductas están señaladas por el Código Penal vigente en el Estado de Chihuahua como tipos penales, que protegen la libertad y la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual de niñas, niños y adolescentes o personas incapaces tales como: violación, abuso sexual, hostigamiento sexual, estupro, incesto, sexting y pornografía, entre otros.

De acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, el hostigamiento sexual se define como el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. 

Comúnmente se piensa que el abuso o las agresiones sexuales implican contacto físico, no obstante, existen diversas formas en que pueden presentarse; estas pueden ser: tocamiento por parte del abusador(a) de genitales, glúteos o pechos del agredido(a) por encima o debajo de la ropa.

Convencer u obligar a una niña, niño y adolescente (NNA) a tocar los genitales del abusador(a); a la lista se suma el frotamiento de los genitales del agresor(a) contra el cuerpo o encima de la vestimenta del NNA. 

Los besos sexuados en la boca o caricias en otras partes del cuerpo por encima o debajo de la ropa, el contacto buco genital entre el abusador(a) y del NNA y/o succionar, besar, lamer o morder pechos o nalgas u otras partes del cuerpo con interés sexual, también forman parte de un delito.

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